Soluciones Extranjería Guía orientativa · Nacionalidad

NACIONALIDAD · PASO A PASO

Nacionalidad española

Guía orientativa para entender qué vía te aplica, qué requisitos suelen pedir, cómo se presenta la solicitud y qué documentación preparar. También incluye una checklist rápida y enlaces a fuentes oficiales.

Aviso: Contenido meramente orientativo. La información aplicable es la vigente en el momento de presentar. Última revisión de esta página: 02/02/2026.

Tipos de nacionalidad (orientativo)

Pulsa “Ver detalle” para ir a cada bloque. (Estructura pensada para usuarios no expertos.)

⏱️ Residencia

1) Nacionalidad por residencia

La vía más común. Requiere tiempo de residencia legal en España, buena conducta cívica e integración (con frecuencia mediante CCSE/DELE si aplica).

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💍 Matrimonio

2) Por matrimonio con español/a

Normalmente exige 1 año de residencia legal y estar casado/a con español/a (no separado/a legalmente o de hecho).

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👶 Nacimiento

3) Por opción / origen / supuestos familiares

Supuestos específicos por filiación, nacimiento, o situaciones familiares previstas en normativa. Suele depender mucho del caso concreto.

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📜 Carta de naturaleza

4) Por carta de naturaleza

Vía excepcional por Real Decreto. No es la habitual en trámites estándar.

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⚖️ Posesión de estado

5) Por posesión de estado

Supuesto poco frecuente. Requiere análisis jurídico del caso.

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Mini-guía: ¿cuál encaja mejor?

¿Llevas años con residencia legal y continuada?

Lo más habitual es nacionalidad por residencia. El plazo exigido depende del caso (país, vínculos, refugio, matrimonio, etc.).

¿Estás casado/a con español/a y convives?

Revisa nacionalidad por matrimonio (a menudo con 1 año de residencia legal).

¿Tienes padre/madre español/a o supuestos familiares específicos?

Puede encajar en opción/origen según tu situación exacta.

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Nacionalidad por residencia (detalle orientativo)

  • Requisito clave: residencia legal y continuada durante el tiempo exigido en tu supuesto.
  • Conducta cívica / antecedentes: suelen pedir certificados y valoración administrativa.
  • Integración: CCSE y, si procede, DELE (según nacionalidad/edad/supuestos).
  • Presentación: normalmente por vía telemática (plataforma del Ministerio).

Consejo: prepara un “pack” de documentos base y otro “pack” de integración (CCSE/DELE, diplomas, etc.).

Nacionalidad por matrimonio con español/a (detalle orientativo)

  • Residencia: suele ser 1 año de residencia legal.
  • Situación matrimonial: matrimonio válido, sin separación legal ni de hecho (según acreditación).
  • Documentación: certificados civiles, convivencia, empadronamientos, etc.

Opción / origen / supuestos familiares (detalle orientativo)

  • Casos típicos: filiación, nacimiento en España en determinados supuestos, o vínculos familiares previstos.
  • Muy dependiente del caso: conviene revisar documentación familiar y certificados.

Si me dices tu situación (padres, lugar de nacimiento, edades, nacionalidades), te indico el encaje más probable.

Carta de naturaleza (detalle orientativo)

Vía excepcional, no suele tramitarse como “servicio estándar” salvo casos muy particulares.

Posesión de estado (detalle orientativo)

Supuesto poco frecuente y técnico. Requiere análisis jurídico del caso.

Requisitos habituales (orientativo)

  • Residencia legal y continuada (según vía aplicable).
  • Buena conducta cívica (antecedentes/valoración administrativa).
  • Integración (CCSE y, si procede, DELE, salvo exenciones).
  • Documentación civil completa y vigente (certificados, pasaporte, etc.).
Importante: los criterios pueden variar según el caso y el órgano tramitador.

CCSE / DELE (orientativo)

  • CCSE: prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (habitual).
  • DELE: prueba de idioma (habitual para nacionales de países no hispanohablantes), salvo exenciones.

Consejo: guarda justificantes, certificados de apto y resguardos de inscripción.

Cómo se solicita (pasos habituales)

  1. Identifica tu vía (residencia, matrimonio, opción…).
  2. Reúne documentación (civil, residencia, antecedentes, integración).
  3. Presenta la solicitud (habitualmente online).
  4. Seguimiento del expediente y respuesta a requerimientos.
  5. Resolución y pasos posteriores (jura, inscripción, DNI/pasaporte, según proceda).
Tip pro: nombra tus PDFs con orden (01_pasaporte.pdf, 02_certNacimiento.pdf…).

Documentación habitual (orientativo)

General

  • Pasaporte completo (copia) y documentación de residencia.
  • Certificados civiles (nacimiento, matrimonio si aplica, etc.).
  • Antecedentes penales (España y país de origen si aplica) con legalización/traducción cuando proceda.
  • Certificados CCSE/DELE si aplican (o documentación de exención).

Según vía

  • Matrimonio: certificado literal, empadronamientos, convivencia, etc.
  • Opción/origen: certificados de padres/madres, inscripciones, libros de familia, etc.

Nota: revisa siempre el listado oficial aplicable a tu supuesto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda?

Depende del expediente y carga administrativa. Lo importante es presentar completo y responder rápido a requerimientos.

¿Necesito CCSE y DELE?

En muchos casos sí, salvo exenciones (por edad, nacionalidad, discapacidad, escolarización, etc. según normativa).

¿Qué pasa si me piden un requerimiento?

Hay un plazo para aportar lo solicitado. Tener los documentos ya preparados reduce muchísimo el estrés.

¿Esto es asesoramiento legal?

No. Es una guía orientativa. Para un caso concreto conviene revisión profesional.

Fuentes oficiales recomendadas

Recomendación: enlaza también a la página oficial específica del trámite que uses (si ya la tienes definida).

Solicitar ayuda o presupuesto

Cuéntanos tu caso en el formulario de la página principal y te responderemos con los pasos y la documentación que te falta (según tu provincia y tu situación).